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Deseamos informarle que hemos enviado una carta al Secretario del Departamento de Hacienda recomendándole que se extienda de manera automática, por un período de no menos de 30 días, los Certificados de Revendedor que vencen el 31 de diciembre de 2016.  Esto, en aras de que se puedan resolver ciertas situaciones, que han confrontado los comercios, con el funcionamiento del Sistema Unificado de Rentas Internas durante el proceso de la renovación de los mismos y traído a nuestra atención por los colegiados.

Además, se discutieron los siguientes asuntos:

1. Disposiciones de la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 16-13

2. Denegatoria de la solicitud de la Renovación de los Certificados de Revendedor

3. Deudas de IVU por la transición de PICO a SURI

4. Período de Renovación del Certificado de Revendedor con fecha de vencimiento del 31 de diciembre de 2016.


Este correo fue enviado a zrivera@colegiocpa.com
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