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Municipio de Guaynabo

Ordenanza Núm. 16 del Municipio de Guaynabo aprobada el 1 de febrero de 2021 estableciendo un arbitrio de construcción de un nueve por ciento (9%) sobre el costo total de la obra tomando el valor en la adjudicación de la subasta por la entidad gubernamental contratante para toda Actividad de Construcción, incluyendo el derribo de estructuras, que se realice por una persona natural o jurídica privada actuando a favor o en representación de una agencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico o del Gobierno Federal, o con el Municipio. La tasa del 9%  no aplicará a las proyectos de viviendas cuyas obras sean administradas por entidades gubernamentales. Ver aviso de aprobación de ordenanza.