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Departamento de Hacienda

El Departamento de Hacienda anunció hoy, 12 de mayo de 2021 su intención de añadir los Artículos 1031.01(a)(2)-1 al 1031.01(a)(2)-11 bajo las disposiciones de la Sección 1031.01 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” (“Código”) al Reglamento Núm. 8049 del 21 de julio de 2011, según enmendado, mejor conocido como el “Reglamento del Código de Rentas Internas de 2011” (“Reglamento”) con el propósito de proveer guías generales, claras y concisas sobre la obligación de informar el ingreso bruto, determinar el costo de los inventarios vendidos, así como los métodos de contabilidad utilizados conforme a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en los EEUU (US GAAP).

Las personas y entidades interesadas en someter comentarios podrán así hacerlo en o antes de 30 días a partir de hoy al siguiente correo electrónico: reglamentocodigo@hacienda.pr.com

Ver aviso publicado hoy y copia del borrador de Reglamento.