Requisitos para cualificar como organización exenta bajo la Sección 501 (c) (3) del Código de Rentas Internas Federal y la Sección 1101.01 del Nuevo Código de Rentas Internas de Puerto Rico (según la Reforma Contributiva del 2011). Actividades y propósitos permisibles. Ingreso comercial no relacionado. Tratamiento contributivo de donaciones a entidades exentas. Deducciones aceptables y no aceptables. Responsabilidad contributiva ante los municipios y el CRIM. Responsabilidad de radicar informes ante el Departamento de Estado.
Objetivos:
Al completar este curso los participantes deberán estar capacitados para:
1. Describir los trámites que debe realizar una entidad para ser clasificada como
exenta por el Departamento de Hacienda y por el IRS.
2. Describir la responsabilidad contributiva de la entidad ante el Departamento de
Hacienda y los municipios.
3. Describir la responsabilidad de la entidad ante el Departamento de Estado.