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Actualización- Comunicado Emergency Leave FFRCA

El viernes, 27 de marzo de 2020 emitimos un Aviso a la Matricula en torno a la  recién aprobada ley federal conocida como Families First Coronavirus Response Act (“FFCRA”).  A la par con dicha comunicación, el Departamento de Trabajo Federal emitió una serie de comunicaciones informales adicionales que sirvieron para aclarar el alcance de la ley.  Siendo así, procedemos a comunicar este resumen actualizado, con dichas interpretaciones en mente.

La FFCRA obliga a los patronos con menos de 500 empleados, incluyendo a los patronos en Puerto Rico, a otorgar licencias adicionales con pagas a sus empleados que no puedan trabajar por las siguientes razones:

  • por una orden general gubernamental de cuarentena relacionada al COVID-19;
  • porque el empleado recibe una orden médica de aislamiento relacionada con COVID-19;
  • porque el empleado muestra síntomas de COVID-19 y está buscando tratamiento médico;
  • por cuidar de un individuo sujeto a la orden gubernamental de cuarentena u orden médica;
  • por cuidar de un hijo cuya escuela o centro de cuido ha cerrado por razones relacionadas al COVID-19; y
  • por otras condiciones similares según establezca el Secretario de Salud Federal.

No obstante, el Departamento de Trabajo Federal aclaró a finales de la semana pasada mediante Q&A’s publicados en su página digital que, si el patrono realiza un cierre de operaciones (previo al 1ro de abril de 2020 o después de dicha fecha, inclusive), ya sea porque no tiene trabajo para el empleado o por orden gubernamental (como fue el caso en Puerto Rico), sus empleados NO tienen derecho a las licencias provistas por la FFCRA.  Es decir, para que los empleados puedan cualificar para estas licencias, su patrono tiene que estar operando. Esta determinación preliminar, que aún no es final, modifica sustancialmente la posibilidad de reclamo de esta licencia por parte de los empleados. Exhortamos a que los patronos se mantengan al tanto de los nuevos desarrollos en cuanto a las licencias establecidas en la FFCRA para que puedan modificar adecuadamente sus políticas patronales.

En casos donde sí sea aplicable la FFCRA (empresas exentas del cierre en efecto mediante Orden Ejecutiva o empresas que continúan operaciones mediante trabajo remoto, por ejemplo), los patronos con menos de 50 empleados aún pudieran estar exentos de pagar estas licencias si el pago de las mismas afectan la viabilidad de la empresa.

El pago de las licencias otorgadas por la FFCRA puede ser recobrado por los patronos mediante crédito a las contribuciones de FICA adeudadas al IRS.  Las personas que trabajan por cuenta propia también pudieran tener derecho a este crédito. En esta área existe interacción con la recién aprobaba Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security Act (“CARES Act”), que provee un mecanismo de recobro más eficiente (véase Aviso a la Matrícula emitido durante el día ayer, 1ero de abril de 2020, sobre el CARES Act- oprima aquí para accederlo).

Los patronos siguen teniendo el deber de notificarle a sus empleados los derechos otorgados bajo la FFCRA.

Para fácil referencia, les incluimos un resumen actualizado preparado por el Comité de CPA-Abogados del Colegio de las disposiciones de la FFCRA (oprima aquí para accederlo), el enlace al afiche que deben mostrar los patronos en el lugar de empleo sobre las disposiciones de la FFCRA (oprima aquí para accederlo) y enlaces adicionales de las publicaciones actuales del Departamento del Trabajo Federal (“DOL”) (oprima aquí para accederlo).

En vista de la reciente legislación de la FFCRA y la CARES Act, además de su evidente importancia, las agencias federales concernientes están emitiendo comunicaciones frecuentes sobre el alcance y la interpretación de las mismas. Seguiremos alertas a estas comunicaciones para informarle a nuestra matricula sobre desarrollos adicionales.