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Gobernadora firma el Proyecto de la Cámara 2468

En el día de hoy, 14 de junio de 2020, la gobernadora de Puerto Rico, Hon. Wanda Vázquez Garced, firmó el Proyecto de la Cámara 2468, que crea la “Ley Complementaria para Atender los Efectos de la Economía Puertorriqueña Provocados por la Emergencia del Covid-19”. El Colegio de CPA presentó ponencia ante el Hon. Antonio Soto, presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, el 2 de abril de 2020. Luego nos fueron solicitados comentarios adicionales sobre algunos aspectos del proyecto, los cuales fueron atendidos y enviados de parte del Colegio por separado el 9 y 29 de abril de 2020.

Esta Ley establece, entre otras medidas:

  • programa para el pago expedito de cuentas por pagar a proveedores del Gobierno de Puerto Rico; y
  • cambios al “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” (Código) tales como:
    • programa de arrastre de pérdidas netas en operaciones hacia años anteriores (retrotraer o “carry-back”);
    • modifica la deducción por pérdida neta en operaciones a arrastrarse en años contributivos siguientes;
    • exención temporera del cobro del IVU en servicios rendidos a otros comerciantes y servicios designados;
    • pospone temporeramente la contribución mínima tentativa de $500 a corporaciones;
    • pospone la radicación de las declaraciones informativas requeridas en las Secciones 1063.01 a la 1063.16 del Código hasta el 31 de mayo;
    • pospone temporeramente para que no sea aplicable al año contributivo 2019, el Informe de Procedimientos Previamente Acordados o Informe de Cumplimiento, según requerido por las Secciones 1021.02 y 1022.04 del Código;
    • se adoptan las fechas establecidas por el Departamento de Hacienda posponiendo las fechas de radicación de las planillas de contribución sobre ingresos (incluyendo el vencimiento del 15 de junio para entidades conducto), Impuesto sobre Ventas y Uso y otras contribuciones;
    • extensión automática de 6 meses para licencias requeridas para llevar acabo actividad comercial;
    • exclusión del ingreso bruto para propósitos de contribución sobre ingresos e ingreso sujeto al pago de patente municipal por cancelación de deuda y recibo de subsidios provisto por legislación federal o estatal;
    • cumplimiento automático para el año contributivo 2020 con los requisitos establecidos por decretos bajo la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico” y leyes de incentivos anteriores;
    • exención del uso de Notario Público para Declaraciones Juradas requeridas por el Código;
    • establece facultades especiales de reglamentación; y
    • otros fines relacionados.

Oprima aquí para acceder al enrolado del proyecto.