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Sobre Fecha Vencimiento Informe Anual Cumplimiento Año 2019

El Colegio de CPA ha estado en conversaciones con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y la Oficina de Incentivos sobre la fecha de vencimiento del informe anual de cumplimiento de entidades exentas a la luz de la legislación vigente bajo el Código de Incentivos, leyes predecesoras, y decretos vigentes, así como considerando las prórrogas y concesiones que se han otorgado por las diferentes agencias gubernamentales como consecuencia del año atípico que estamos experimentando por causa de la pandemia, entre otros asuntos, que han dilatado algunos procesos y la disponibilidad de información para completar informes como el de cumplimiento.

Al presente, el DDEC y la Oficina de Incentivos reconocen como la fecha de radicación bajo la legislación vigente, del referido informe anual de cumplimiento, el 15 de noviembre de 2020 para aquellas entidades con año calendario; o el día 15 del undécimo mes siguiente al cierre del año fiscal de la entidad. 

Por otro lado, para los negocios a los que pueda ser relevante, la legislación vigente establece que en el caso de negocios exentos al amparo de las disposiciones de Zonas de Oportunidad que emanen del nuevo Código de Incentivos de Puerto Rico, la fecha para radicar el informe anual de cumplimiento será no más tarde de 30 días después de la fecha para la radicación de la correspondiente planilla de contribución sobre ingresos, incluyendo prórrogas concedidas.