La orden ejecutiva se extenderá por treinta (30) días, pero pudiera modificarla en cualquier momento de acuerdo a las estadísticas de contagios del COVID-19. Entrará en vigor desde 8 de enero de 2021 hasta el 7 de febrero de 2021.
Se mantiene el toque de queda, pero se modifica el horario de 11pm a 5am.
Se modifica el horario de cierre de los comercios autorizados, los cuales deberán cerrar a las 10pm.
Se elimina el cierre los domingos para que el toque de queda y operación de comercios autorizados sea de lunes a domingo.
Se permite el uso de las playas, marinas, áreas comunes, piscinas y recreativas sin aglomeraciones. Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en estas áreas.
Se ordena al secretario del Departamento de Hacienda presentar en un término de diez (10) días un Plan de Asistencia Económica dirigido a asistir el comercio local afectado por el COVID-19 desde el 15 de marzo de 2020 con especial énfasis a barras y restaurantes.
Se mantiene el 30% de capacidad máxima para los negocios autorizados y cumplimiento con las medidas de prevención de contagios.
Este correo fue enviado a rmartinez@colegiocpa.com