¿Tienes problemas viendo este correo? Ábrelo en el navegador o browser

Imagen

Edición 2021-01

Esta es la primera Alerta de varias que habrá de publicar el Comité de Asuntos Técnicos.  La misma está orientada a informar a los Colegiados sobre temas técnicos de auditoria y contabilidad.  Para esta primera edición, el Comité ha decidido hacer un compendio de todas las actualizaciones de los estándares de contabilidad (ASU, por sus siglas en ingles) que están pendiente de implementación a la fecha de esta publicación.  En futuras ediciones el Comité expandirá temas incluidos en estas actualizaciones según se aproxima la fecha de efectividad.  También se incluye un tema de auditoria importante de auditoria relacionado a los nuevos cambios en el informe del auditor que está próximo a aplicar.

Todas las actualizaciones incluidas en esta edición tienen fecha de efectividad para periodos que comienzan a partir del 15 de diciembre de 2020 o periodos posteriores, excepto el tema de Ingresos de Contratos con Clientes (ASU 2014-09 – Tópico 606) que ya aplica a años calendarios terminados el 31 de diciembre de 2020, pero por su importancia y considerando que aún puede haber auditorias en proceso para ese año, el Comité decidió incluirlo en esta primera publicación. 

Tema de Auditoría

  • SAS No. 134 — Enmiendas al Informe del Auditor, Incluyendo Enmiendas a Divulgaciones en los Estados Financieros

Temas de Contabilidad

  • ASU Núm. 2014-09 — Ingreso de Contratos con Clientes (Tópico 606)
  • ASU Núm. 2016-02 — Arrendamientos (Tópico 842)
  • ASU Núm. 2016-13 — Instrumentos Financieros – Perdidas de Crédito (Tópico 326): Medición de las Perdidas de Crédito en los Instrumentos Financieros
  • ASU Núm. 2017-04 — Intangibles-Plusvalía y Otros (Tópico 350):  Simplificación de la Prueba de Menoscabo de Plusvalía
  • ASU Núm. 2018-12 — Servicios Financieros – Seguro (Tópico 944): Mejoras Dirigidas a Contabilidad Para Contratos de Larga Duración
  • ASU Núm. 2018-17 — Consolidación (Tópico 810): Mejoras Dirigidas a las Guías para Entidades de Interés Variable
  • ASU Núm. 2019-02 — Entretenimiento – Filmaciones – Otros Activos, Costo de Filmaciones (Subtópico 926-20) y Entretenimiento — Jornalistas —Intangibles — Plusvalía y Otros (Subtópico 920-350) —Mejoras a la Contabilidad para Costos de Filmación y Acuerdos de Licenciamiento para Material de Programas
  • ASU Núm. 2019-12 — Contribución Sobre Ingresos (Tópico 740) — Simplificación de la Contabilidad para Contribución Sobre Ingresos
  • ASU Núm. 2021-04 —Ganancia Por Acción (Tópico 260), Deuda —Modificaciones y Cancelaciones (Subtópico 470-50), Compensación – Compensación Por Acciones (Tópico 718), and Derivadas y “Hedging” —Contractos Con Equidad de la Entidad (Subtópico 815-40): Contabilidad Para Emisores de deuda para Ciertas Modificaciones o Intercambios

SAS No. 134 — Enmiendas al Informe del Auditor, Incluyendo Enmiendas a Divulgaciones en los Estados Financieros

Este nuevo estándar cambia dramáticamente la forma y contenido del informe del auditor. Los cambios están dirigidos a mejorar el valor de la comunicación y relevancia del informe del auditor.  El nuevo SAS establece la Sección AU-C 701, Comunicando Temas Importantes de Auditoria en el Informe del Auditor.  Reconoce la responsabilidad del auditor de comunicar ciertos temas importantes (KAM por sus siglas en Ingles por Key Audit Matters) una vez el auditor es contratado.  El propósito de comunicar esos temas importantes (KAM) es para proveer mayor transparencia sobre la auditoria a usuarios externos.  El nuevo estándar no requiere la comunicación de esos temas en el informe del auditor, sino que pone en manos de los responsables de la gobernanza en la entidad la decisión de incluirlos o no en el informe del auditor.

Esos temas (KAM), que a juicio del profesional del auditor son los más significativos, son comunicados por el auditor a los responsables de la gobernanza.  Tales temas pueden incluir entre otros:

  1. Riesgos altos de error material o riesgos significativos
  2. Áreas que requieren un nivel considerable de juicio, tales como estimados de contabilidad
  3. Transacciones o eventos significativos que ocurrieron durante el periodo

Si el auditor es contratado para reportar esos temas (KAMs) en el informe de auditoría, entonces para cada el auditor debe describir lo siguiente:

  1. Razón para considerarlo un KAM
  2. Como se atendió el KAM en la auditoria
  3. Hacer referencia a las divulgaciones asociadas al KAM

La comunicación de los KAMs no altera la opinión del auditor, pero si provee información útil para los usuarios de los estados financieros.

La fecha de efectividad de este nuevo pronunciamiento es para periodos terminados en o después del 15 de diciembre de 2021.

El CCPA estará coordinando adiestramientos específicos sobre este nuevo pronunciamiento.

ASU Núm. 2014-09 — Ingreso de Contratos con Clientes (Tópico 606)

Las enmiendas en esta actualización crean el Tópico 606, Ingreso de Contratos con Clientes y deroga los requerimientos de reconocimiento de ingresos contenidos en el Tópico 605, Reconocimiento de Ingresos, incluyendo la mayoría de las guías de reconocimiento de ingresos en los tópicos por industrias contenidos en la Codificación.  Además, las enmiendas en esta actualización derogan las guías contenidas en el sub-Tópico 605-35, Reconocimiento de Ingresos – Contratos de Construcción y Producción y crean un nuevo Subtópico 340-40, Otros Activos y Costos Diferidos – Contratos con Clientes.

En resumen, el principio básico del Tópico 606 es que una entidad deberá reconocer los ingresos que surgen de las transferencias de productos o servicios basado en las cantidades que se espera que la entidad tiene derecho a través de esos intercambios de productos y servicios.  Para lograr ese reconocimiento, esta enmienda crea una serie de reglas y condiciones que deben cumplirse para que la entidad pueda reconocer tales ingresos.

Las siguientes actualizaciones modifican esta actualización y deben leerse en conjunto con esta actualización: ASU 2016-08, ASU 2016-10, ASU 2016-12, ASU 2016-20, ASU 2017-13, ASU 2018-18, ASU 2019-08 y ASU 2020-05.

Fecha de efectividad – Esta enmienda tenía una fecha de efectividad original (para entidades no públicas) para periodos que comenzaban después del 15 de diciembre de 2017, pero tal fecha de efectividad ha sido pospuesta y actualmente tiene una fecha de efectividad para periodos que comienzan a partir del 15 de diciembre de 2019, es decir aplica en el año ya terminado el 31 de diciembre de 2020.

ASU Núm. 2016-02 — Arrendamientos (Tópico 842)

Las enmiendas en esta actualización crean el tópico 842, arrendamientos y deroga los requerimientos para arrendamientos contenidos en el Tópico 840, Arrendamientos.  El objetivo es establecer los principios que los arrendatarios y arrendadores deben aplicar para lograr información de mayor utilidad para los usuarios de los estados financieros acerca de las cantidades, momento, e incertidumbres del flujo de efectivo que surgen de los arrendamientos.

Bajo esta esta actualización los arrendamientos en los estados financieros de los arrendatarios representan activos y obligaciones genuinas como resultado de haber recibido el beneficio económico por haber recibido el derecho de uso de tales activos.  Por lo tanto, esencialmente todos los arrendamientos por periodos mayores de 12 meses serán registrados en el estado de situación. 

Las siguientes actualizaciones modifican esta actualización y deben leerse en conjunto con esta actualización: ASU 2017-13, ASU 2018-01, ASU 2018-10, ASU 2018-11, ASU 2018-20, ASU 2019-01 y ASU 2020-05.

Fecha de efectividad – Esta enmienda tenía una fecha de efectividad original (para entidades no públicas) para periodos que comenzaban después del 15 de diciembre de 2019, pero tal fecha de efectividad ha sido pospuesta y actualmente tiene una fecha de efectividad para periodos que comienzan a partir del 15 de diciembre de 2021.

ASU Núm. 2016-13 — Instrumentos Financieros – Perdidas de Crédito (Tópico 326): Medición de las Perdidas de Crédito en los Instrumentos Financieros

El Tópico 326 enmienda las guías para reportar perdidas de crédito para activos mantenidos en una base de costo amortizado.  Para esos activos, el tópico 326 elimina el potencial reconocimiento que actualmente es requerido y en su lugar requiere que la entidad refleje su estimado de todas las pérdidas de crédito esperadas.  Se reconoce una reserva para perdidas de crédito que se reduce del costo amortizado para presentar la cantidad neta que se espera cobrar.

Para instrumentos disponibles para la venta, las pérdidas de crédito se reconocen de una forma similar a los requerimientos actuales, sin embargo, el tópico 326 requiere que tales perdidas se reconozcan a través de una reserva en lugar de un ajuste a la misma cuenta.

Esta actualización impacta a entidades que poseen activos financieros e inversiones en arrendamientos que no están contabilizados al valor justo de mercado.  La actualización impacta también los préstamos, instrumentos de deuda, inversiones netas en arrendamientos, exposiciones de crédito que no están reflejadas en el estado de situación, cuentas por cobrar de reaseguro, y cualquier otro activo de naturaleza financiera que no esté incluido en el alcance de esta actualización que posee un derecho contractual para recibir efectivo.

Las siguientes actualizaciones modifican esta actualización y deben leerse en conjunto con esta actualización: ASU 2018-19, ASU 2019-04, ASU 2019-05, ASU 2019-11, y ASU 2020-02.

Fecha de efectividad – Esta enmienda tiene una fecha de efectividad (para entidades no públicas) para periodos que comienzan a partir del 15 de diciembre de 2020.