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Departamento de Hacienda

RECORDATORIO

Determinación Administrativa Núm. 21-04 / Posposición de la fecha límite para radicar la Planilla de Contribución Sobre Ingresos del Año Contributivo 2020

III. Determinación

Todo Contribuyente que rinde su Planilla a base del año natural 2020 y que, según lo dispuesto en el Subcapítulo A del Capítulo 6 del Subtítulo A del Código, tiene la obligación de someter dicha Planilla no más tarde del 15 de abril de 2021, tendrá hasta el lunes, 17 de mayo de 2021 para radicar la misma.  De igual modo, cualquier balance adeudado con dicha Planilla deberá ser pagado no más tarde del lunes, 17 de mayo de 2021.

Lo dispuesto en esta Determinación Administrativa también será de aplicación a cualquier Contribuyente que tenga la obligación de radicar la Planilla del año contributivo 2020 en o antes del 15 de abril de 2021 basado en un año corto o un año fiscal 2020.

La nueva fecha límite establecida en esta Determinación Administrativa es en sustitución de la fecha de vencimiento original dispuesta por el Código para el año contributivo 2020.  Por tanto, toda entidad que requiera tiempo adicional para someter la planilla del año contributivo 2020 tendrá hasta el 17 de mayo de 2021 para someter una solicitud de prórroga automática.  Dicha solicitud de prórroga tendrá un término de 6 meses a partir del 17 de mayo de 2021. La solicitud de prórroga permite extender la fecha de límite de radicación, pero no extiende la fecha de pago.  Por tanto, en caso de acogerse a la solicitud de prórroga, deberá acompañar con la solicitud el balance de la contribución adeudada, si alguna, para evitar la imposición de intereses, recargos y penalidades.

A raíz de esta posposición, la fecha límite para realizar el segundo plazo de la contribución sobre ingresos de individuos determinado en la Planilla del año contributivo 2020 automáticamente se pospone hasta el miércoles, 17 de noviembre de 2021.  Por tanto, todo individuo elegible para pagar la contribución sobre ingresos determinada en la Planilla del año contributivo 2020 en dos plazos, podrá pagar el primer plazo con la radicación de dicha planilla no más tarde de 17 de mayo de 2021 y el segundo plazo no más tarde de 17 de noviembre de 2021.

Además, en el caso de contribuyentes obligados a realizar el pago del primer plazo de la contribución estimada para el año contributivo 2021 en o antes del 15 de abril de 2021, el Departamento determina posponer la fecha límite de dicho plazo hasta el martes 15 de junio de 2021.  Por tanto, todo contribuyente que se acoja a esta posposición, deberá pagar tanto el monto del primer plazo, como el monto del segundo plazo de la contribución estimada del año 2021 no más tarde del martes 15 de junio de 2021.