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Departamento de Estado

Carta Circular CC2021-001 / Sobre requisito de someter o no, según el volumen de negocios, estados financieros auditados, y otros asuntos relacionados.

Requisito de someter Estados Financieros Auditados: Con Fines / Toda corporación doméstica o foránea, con fines de lucro, deberá radicar un informe certificado en el Departamento de Estado en o antes del 15 de abril de cada año, conforme el Artículo 15.01(A) de la Ley Núm. 164-2009, según enmendada, conocida como “Ley General de Corporaciones”.