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Departamento de Hacienda

Determinación Administrativa Núm. 22-08 (“DA 22-08”) sobre medidas de Administración Contributiva en respuesta a la emergencia causada tras el paso del huracán Fiona.

A. Radicaciones de Planillas y Pagos Correspondientes

(i) Planillas de contribución sobre ingresos de individuos, corporaciones, entidades conductos y otras entidades jurídicas

El Departamento determina posponer hasta el jueves, 15 de diciembre de 2022, la fecha límite para radicar toda planilla de contribución sobre ingresos, o su solicitud de prórroga, de individuos, corporaciones, entidades conducto y otras entidades jurídicas cuya fecha de vencimiento de radicación, según el Código o publicación emitida previamente por el Secretario, sea entre el viernes, 30 septiembre y antes del jueves,15 de diciembre de 2022. A su vez, la fecha de vencimiento de cualquier planilla para la cual se radique una Solicitud de Prórroga para Rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos, formulario Modelo SC 2644, en esta fecha se extenderá por un periodo de seis meses a partir del 15 de diciembre de 2022, es decir, hasta el jueves 15 de junio de 2023.

A manera de ejemplo, la Planilla Informativa sobre Ingresos de Entidades Conducto, Formulario 480.2(EC) y los Formularios 480.6 EC correspondientes para la que se hayan solicitado una prórroga bajo las disposiciones del Código, se podrá radicar no más tarde del 15 de diciembre de 2022, en lugar del 30 de septiembre de 2022.

La extensión de la fecha de vencimiento hasta el jueves, 15 de diciembre de 2022 también será extensiva a cualquier cantidad pendiente de pago que, según las disposiciones del Código, deba ser pagada a la fecha de vencimiento de la planilla o formulario cuya fecha de vencimiento original sea entre el viernes, 30 de septiembre y antes del jueves 15 de diciembre de 2022.

El Departamento realizará los ajustes pertinentes en sus sistemas de información contributiva para que no se impongan automáticamente los intereses, recargos y penalidades aplicables según el Código, en aquellos casos donde el contribuyente, a satisfacción del Secretario, demuestre haber llevado a cabo toda la diligencia pertinente en un ejercicio de buena fe para cumplir con las disposiciones del Código y someta dichos formularios y pagos no más tarde del jueves, 15 de diciembre de 2022.  En el caso de que el sistema imponga una penalidad, el contribuyente deberá solicitar la eliminación de la misma sometiendo una solicitud de eliminación de penalidad a través de su cuenta en SURI, junto con la evidencia de radicación y pago y mostrando copia de esta Determinación Administrativa.