Leyes firmadas recientemente por el Gobernador, Hon. Pedro Pierluisi, en materia laboral:
- Ley Núm. 90-2022 (P. del S. 191) para enmendar el sub-inciso (f) del Artículo 1 de la Ley Núm. 44 de 2 de julio de 1985, según enmendada, a los fines de cobijar bajo las protecciones de esta ley a los y las pacientes debidamente registrados(as) bajo la Ley 42-2017, según enmendada, conocida como "Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (‘’Ley MEDICINAL’’)”.
- Ley Núm. 82-2022 (P. del S. 217) para enmendar el Artículo 2; añadir los nuevos Artículo 15, 16, 17 y 18; y renumerar el actual Artículo 15 por 19 de la Ley Núm. 17 de 22 de abril de 1988, según enmendada, conocida como la “Ley Para Prohibir el Hostigamiento Sexual en el Empleo”, a los fines de añadir a las personas que realizan internados sin remuneración entre las que la ley cobija; obligar a los patronos a preparar y difundir un protocolo para situaciones de hostigamiento sexual; crear un portal exclusivo para querellas de hostigamiento sexual; y para otros asuntos relacionados.